Además del disgusto por la nueva deuda para los monotributistas, debido a la actualización en las categorías, las redes sociales se llenaron de memes sobre lo mal que funciona la página de internet de la AFIP.
Al mismo tiempo que en su cuenta oficial el organismo anunció que se extendió más de un mes los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular, correspondientes al período 2020, lo usuarios denunciaron que (como ha ocurrido en más de una oportunidad) el sitio no carga y no permite facturar.
Buen día, comprobantes en línea y servicios vinculados al monotributo de la web de AFIP caídos. #ComprobantesEnLínea#Monotributo #ClaveFiscal#AFIP pic.twitter.com/H2gawez3sQ
— Estado web AFIP (@AfipWeb) June 7, 2021
La página de AFIP, siempre... pic.twitter.com/p29Dl34UHn
— Corralón Ciudadela (@CorralonC) June 7, 2021
El servidor de la pagina del Afip debe ser algo así, si no no se entiende pic.twitter.com/yxHgMBfFNo
— David silva (@davidsilva_3) June 7, 2021
Hola AFIP, les hice un meme. Saludos pic.twitter.com/bJ1PYCcDiY
— Fran🐔 (@FranDemagistri) June 7, 2021
Mientras tanto...el nuevo edificio de la #Afip #Monotributo pic.twitter.com/VJ555Uu3BG
— Gentlemen 🖤 (@LuchoVoid) June 7, 2021
Monotributistas: al fin estoy al día.
AFIP: pic.twitter.com/X7ZX6yMohZ
— Chino Chinchu Lin (@chino_chinchu) June 7, 2021
Según el comunicado oficial, los contribuyentes podrán abonar sus obligaciones hasta el 23, 26 y 27 de julio, de acuerdo a la terminación del CUIT (el ingreso del saldo se realizará el día hábil siguiente de la presentación). Las fechas previas eran el 11, 14 y 15 de junio.
"La medida garantiza un plazo razonable para que los contribuyentes y sus asesores contables puedan elaborar las declaraciones juradas con los nuevos aplicativos", sostuvieron desde AFIP.
Por otro lado, el impuesto a los Bienes Personales se aplica sobre los bienes (en el país y en el exterior) que forman parte del patrimonio al 31 de diciembre de cada año. Este impuesto se aplica cuando la valuación total del patrimonio para cada período fiscal supera un monto mínimo: para el período 2021 el monto es de $2 millones, ya que no hubo una actualización con respecto al período anterior.
Los bienes que están exentos son los saldos de las cuentas bancarias, al 31 de diciembre, que se encuentran depositados en cajas de ahorro o en plazos fijos, en cualquier moneda. Y la vivienda única, hasta los $18 millones de valuación. Pero están gravados los saldos de las cuentas corrientes y dinero en efectivo.