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Política

Juristas divididos ante el fallo que habilita las clases presenciales en la ciudad de Buenos Aires

sin clases

Como un "estrago jurídico" asumió el presidente Alberto Fernández el fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la ciudad de Buenos Aires, que habilita las clases presenciales e intenta restringir los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que publicó el Gobierno Nacional el último viernes.

El ministro de Justicia, Martín Soria,  fue más enfático y desde su cuenta de Twitter comentó la decisión de la cámara compuesta por los juritas Marcelo López Alfonsín, Laura Alejandra Perugini y Nieves Machiavelli (esta última hermana del secretario general del PRO, Eduardo Machiavelli).

"El Presidente tomó una decisión de Estado para preservar la vida de miles de argentinos, no dictó políticas educativas. Utilizar políticamente al Poder Judicial es una especialidad del macrismo, pero esta vez han ido demasiado lejos", dijo Soria.

"Este mamarracho jurídico tiene una sola explicación y es política", agregó.

Opiniones encontradas

Esta opinión, sin embargo, no es compartida por algunos juristas como Alejandro Fargosi y Félix Lonigro consultados por Infobae.

Para Fargosi, abogado constitucionalista y ex integrante del Consejo de la Magistratura de la Nación, "lo importante son los dos aspectos medulares en juego: el derecho de la niñez a recibir educación en el mejor entorno fácticamente posible, amparado en la Constitución y en tratados internacionales. Y por supuesto, el derecho de la Ciudad y de cada uno de nosotros, sus habitantes, a que se respete nuestra autonomía".

El abogado y profesor de la UBA, Félix Lonigro, en tanto, fue más allá y aseguró que el DNU del Gobierno es inconstitucional "porque avanza sobre potestades que no le corresponden al gobierno de la Nación sino a las provincias”, explica.

“Me cuento entre quienes sostuvieron en estos días que Horacio Rodríguez Larreta podría no haber acudido a la Justicia y haber ordenado la continuidad de las clases presenciales. Él prefirió que lo decidiera la justicia. De manera tal que con el fallo que obtuvo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, con más razón aún puede hacer valer su potestad”, agregó.

Antes de conocer el fallo, el Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Eugenio Zaffaroni, en tanto, publicó ayer una columna junto al profesor de la UBA Raúl Ferreyra, en Página 12, en la que sostienen que "la primacía del “Derecho federal” se impone cuando las políticas públicas en materia de salud y educación se dirigen a proteger y desarrollar el “bienestar general” de todo el pueblo argentino, ordenado desde el Preámbulo desde 1853. En consecuencia, la limitación temporal dispuesta por el Presidente de la República debe ser obedecida por los gobernadores de Provincia y por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires", dice el texto".

Las posiciones deberán ser dirimidas por la Corte Suprema que ahora se ve obligada referirse, no sólo al requerimiento presentado por Horacio Rodríguez Larreta, sino también al fallo de la cámara porteña.

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